Piden 12 años de cárcel por salvaje asesinato en isla chilota de Chulín
Pedro Filiberto Muñoz Muñoz apuñaló de manera reiterada a la víctima y luego huyó, por lo que arriesga dicha pena tras juicio oral celebrado en Puerto Montt.
Los hechos se remiten a alrededor de las 18.00 horas del día 21 de mayo del año 2015, cuando Pedro Filiberto Muñoz Muñoz apuñaló de manera reiterada con un arma blanca tipo cuchillo a don Germán Alberto Soto Mayorga en la isla Chulín del grupo Desertores, perteneciente al Archipiélago de Chiloé. A raíz de lo anterior, la víctima resultó con diversas heridas cortopunzantes penetrantes en el tórax y abdomen, entre ellas una herida corto punzante en la región torácica anterior izquierda de aproximadamente 3,5 centímetros de longitud y una herida cortopunzante de 3,5 centímetros de longitud sobre el reborde costal derecho a nivel de la pared abdominal que le provocaron a Soto Mayorga una anemia aguda por hemorragia masiva causándole su muerte en aquel lugar.
Luego del crimen, Pedro Filiberto huyó del lugar siendo detenido dos días después, el 23 de mayo, por personal policial alrededor de las 15.50 horas. Tras pasar a control de detención, fue formalizado el 26 de ese mes en el Juzgado de Letras y Garantía de Chaitén por el homicidio, decretándose la prisión preventiva del imputado en el Centro de Cumplimiento de Detención Preventiva de la ciudad de Castro.
Después de varios meses de investigación, finalmente se realizó el Juicio Oral en Puerto Montt donde la Fiscalía pidió una pena de doce años de presidio mayor en su grado medio, más las accesorias legales. Fue así que, finalizado el procedimiento, La Opinión de Chiloé tuvo acceso al veredicto donde los magistrados llegaron a la siguiente conclusión:
"Que la prueba producida por el acusador fiscal, durante la audiencia de este juicio oral, ha logrado superar la presunción de inocencia que ampara al acusado, permitiendo conducir al tribunal a la convicción —más allá de toda duda razonable— de que a éste le ha correspondido participación en calidad de autor en el delito de homicidio ya señalado, pues ha tomado parte en el mismo de una manera inmediata y directa en la forma que describe el artículo 15 N°1 del Código Penal.
"Que el tribunal ha formado su convicción sobre la base de la prueba producida durante el juicio oral, teniendo como fundamentos principales para ello, las impresiones de los testigos y peritos que depusieron en audiencia, testimonios y experticias, que además, debidamente relacionados en lo pertinente, con los otros medios de prueba ofrecidos e incorporados, han logrado la convicción en el sentido que se viene exponiendo".
La sentencia será leída mañana domingo 10 de marzo. Para el fiscal jefe de Chaitén Patricio Poblete Arenas, la decisión de los jueces "era lo que buscaba la Fiscalía y el Tribunal sopesó también las complicaciones que puede tener un caso de esta naturaleza en cuanto a las poder trasladar a todas las personas, testigos, víctimas desde la localidad de la isla Chulín hasta Puerto Montt".