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Cuatro concejales piden destitución de alcaldesa: sepa las presuntas razones

Quienes presentaron la acusación serían Alex Muñoz, Gustavo Cárdenas, Rodolfo Norambuena y Carlos Gómez.

La alcaldesa de Ancud Soledad Moreno hizo púbicos hoy viernes, grosso modo, los presuntos antecedentes que cuatro concejales ancuditanos utilizaron el viernes pasado en la acusación por notable abandono de deberes que remitieron al Tribunal Electoral Regional (TER).


Alex Muñoz (UDI), Gustavo Cárdenas (RN), Rodolfo Norambuena (Independiente) y Carlos Gómez (DC) piden que se declare que la alcaldesa ha incurrido en acciones u omisiones que han configurado un notable abandono de deberes, que se le remueva de su cargo y que se declare su inhabilidad para ejercer cualquier cargo público por el término de 5 años. Se abstuvieron de participar Pedro Ojeda (DC) y Nelson Delgado (PS).


Si bien es cierto aún no ha sido notificada de la acusación, en horas de la tarde de ayer realizó duras declaraciones respecto al tema donde señaló:


“Tengo la información en este minuto; la tengo, tengo claramente lo que ellos presentaron y los cargos que me presentan; entonces esto no es una consulta, la verdad es una mariconada (...) ¿Por qué no decirlo?: lo presentamos, son tantos puntos y hemos pedido tales y tales y tales condiciones para que si la alcaldesa ha incurrido en falta, le pase esto, esto y esto. ¿Eso es consulta?”.


"Esto me duele mucho, porque esto es justamente lo que la gente no quiere, no quiere este doble estándar, no quiere esa actitud oscura, de no dar la cara. ¿Por qué no decir lo que se hace? Esta forma de actuar en política y eso lo rechazo y lo repudio y se lo voy a decir cara a cara a los concejales, que no han tenido el valentía, ni la hombría de reconocer sus acciones”.


Las presuntas razones

  1. Se indica que su esposo, el exalcalde Pablo Ossio, está realizando acciones propias del quehacer municipal como participar de reuniones, atender audiencias ciudadanas en dependencias de la alcaldía e intervenir en entrevistas para contrataciones en la municipalidad. Ello configuraría una contravención grave de las normas de probidad administrativa.

  2. La alcaldesa Soledad Moreno Nuñez y su cónyuge presuntamente han realizado actividades personales en dependencias municipales como reuniones de carácter político dentro del edificio de la I. Municipalidad de Ancud, que en opinión de los requirientes, son actos faltos a la probidad puestos en conocimiento de los medios de comunicación por el ex Director de SECPLAN Henry Herrera Pasten y que configuran una infracción al artículo 16 de la ley n.°18.575.

  3. La alcaldesa habría participado en un procedimiento sumario del cual debió haberse inhabilitado, siendo juez y parte. Ello habría generando un perjuicio al patrimonio municipal (probablemente esté vinculado a un reciente fallo de la Corte Suprema que decretó el reintegro de un funcionario desvinculado por "razones políticas" y el pago de cerca de 50 millones de pesos).

  4. La Sra. Alcaldesa habría pasado por alto las normas que regulan el procedimiento para contrataciones que comprenden montos superiores a 1000 UTM apartándose de sus deberes en calidad de alcalde de manera grave y notoria. Ello habría ocurrido al contratar los servicios de aseo de Construcap Ltda.

  5. La autoridad comunal habría omitido exigir el cobro de los derechos de aseo según se desprende de la Ordenanza del 26/10/2015, apartándose con ello de sus deberes de alcalde de manera grave.

  6. Moreno no habría verificado el pago de cotizaciones previsionales de forma íntegra a la Corporación Municipal incurriendo con aquello en notable abandono de deberes de alcalde. Esta situación ha sido denunciada por la Directiva del Colegio de Profesores A.G. (año 2014) y ha escalado a tribunales en reiteradas ocasiones, decretándose en la mayoría de los casos órdenes de embargo.

  7. Se le acusa de realizar contravenciones graves a las normas que regulan la contratación a honorarios del personal municipal, conducta constitutiva de falta a la probidad, en virtud del Informe 502/2015 de la Contraloría General de la República que da cuenta de 105 contratos a honorarios que no se someten a registro y cuyos decretos aprobatorios no han sido remitidos a la entidad fiscalizadora.

  8. Se habría autorizado a la alcaldesa para celebrar un contrato para la ejeciución de una obra de Infraestructura Sanitaria en Chacao, aunque no existe una autorización del Concejo Municipal, adjudicándose a la Constructora Pupelde sin contar con la aprobación del Concejo Municipal.

  9. Durante la cuenta pública del 25 de abril de 2014, la alcaldesa habría mandado a cerrrar las dependencias municipales a las 10.00 horas interrumpiéndose la continuidad del servicio a la comunidad.

  10. Se le acusa también de presuntamente obstaculizar la labor fiscalizadora de los miembros del Concejo Municipal, particularmente respecto a la evacuación de un informe sobre las subvenciones desde la municipalidad a la Corporación que fue pedido por los concejales señores Norambuena y Muñoz, al advertir presuntas irregularidades en el cumplimiento del artículo 79 letra j de la ley 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades.

  11. La alcaldesa habría dado pie a que un funcionario municipal usara un vehículo municipal para fines particulares (Manuel Muñoz Asencio), situación denunciada por don Abraham Torres Valdebenito.

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