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Funcionarios de Gendarmería de Castro y Ancud se adhieren a paro

El gremio busca una serie de reivindicaciones laborales y que se aceleren cambios en la carrera funcionaria.

Funcionarios de los Centros de Detención Preventiva (CDP) de Castro y Ancud pertenecientes a la Asociación Nacional de Suboficiales y Gendarmes de Chile (ANSOG) se plegaron durante el día de hoy al paro nacional de los gremios que comenzó a partir de las 00.00 horas.


Los primeros gendarmes en adherirse a la movilización fueron los del recinto penitenciario castreño durante esta tarde, mientras que Wlison Herraz, presidente de la Ansog Provincial Chiloé, viajó especialmente a Ancud, para evaluar en conjunto si éstos se plegarían, cosa que finalmente se concretó.


El petitorio incluye lo siguiente:


  • Activar el sistema de ascensos conforme a la Ley n.°20849 y que todavía se encuentran en Contraloría, a pesar que esta repartición tiene el listado desde el 10 de agosto. Ello beneficiaría a más de tres mil funcionarios.

  • Iniciar una mesa de trabajo para dar solución definitiva a los problemas de ascenso y carrera funcionaria.

  • Mesa de trabajo para estructurar decretos con fuerza de ley para cursos habilitantes.

  • Reconocimiento de la Escuela Institucional por parte del Ministerio de Educación. Al mismo tiempo fortalecer la institución académica.

  • Modificación del Decreto 235/13.05.1982 que estipula los criterios uniformes de calificación.

  • Estudiar la factibilidad de otorgar incentivos reales e importantes para funcionarios que trabajan en Unidades Penales de Alta y Mediana complejidad.

  • Establecer una política integradora y de protección a la mujer penitenciaria, especialmente en relación a la maternidad.

  • Presunto incumplimiento por parte de la Presidenta de la República del anuncio del 23 de enero del 2015, sobre el aumento de la dotación en 4.500 nuevos funcionarios, situación que no se materializa en el Proyecto de Presupuesto año 2016.


Cabe indicar que el subsecretario de Interior, Mahmud Aleuy, salió al paso de la movilización señalando que es ilegal amparándose en lo que establece el artículo 384 del Código del Trabajo y el artículo 78 de la Ley 18.834 sobre el Estatuto Administrativo:


"No podrán declarar la huelga los trabajadores de aquellas empresas que:

a) Atiendan servicios de utilidad pública, o

b) Cuya paralización por su naturaleza cause grave daño a la salud, al abastecimiento de la población, a la economía del país o a la seguridad nacional".


"El funcionario estará afecto a las siguientes prohibiciones:

i) Organizar o pertenecer a sindicatos en el ámbito de la Administración del Estado; dirigir, promover o participar en huelgas, interrupción o paralización de actividades, totales o parciales, en la retención indebida de personas o bienes, y en otros actos que perturben el normal funcionamiento de los órganos de la Administración del Estado".

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