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Nueva marcha en contra del aborto se realizó en Ancud

En la manifestación, que espera ser repetida todos los domingos de septiembre, participaron alrededor de un centenar de personas.

Tal y como estaba planificado, durante la mañana de hoy al menos un centenar de fieles católicos marcharon alrededor de la Plaza de Armas donde se encuentra emplazada la Catedral de la Diócesis de San Carlos de Ancud con la consigna de rechazar el aborto y defender el derecho a la vida.


La manifestación se realizó una vez terminada la misa siendo liderada por el Obispo Juan María Florindo; la marcha, espera ser repetida cada domingo del mes de septiembre.


Cabe recordar que actualmente se encuentra en discusión un proyecto de ley que busca despenalizar el aborto terapéutico en tres casos bien específicos: violación, inviabilidad del feto y riesgo de vida de la madre. Vale decir, si una mujer decide practicarse un aborto en cualquiera de esas tres causales, no será encarcelada.


Parte del proyecto original de despenalización buscaba sustituir el artículo 119 del Código Sanitario por el siguiente:


"Artículo 119. Mediando la voluntad de la mujer, un(a) médico(a) cirujano(a) se encuentra autorizado(a) para interrumpir un embarazo cuando:


1) La mujer se encuentre en riesgo vital, presente o futuro, de modo que la interrupción del embarazo evite un peligro para su vida.

2) El embrión o feto padezca una alteración estructural congénita o genética incompatible con la vida extrauterina.

3) Es resultado de una violación, en los términos del inciso segundo del artículo siguiente, siempre que no hayan transcurrido más de doce semanas de gestación. Tratándose de una menor de 14 años, la interrupción del embarazo podrá realizarse siempre que no hayan transcurrido más de dieciocho semanas de gestación.


En cualquiera de las causales anteriores, la mujer deberá manifestar en forma expresa, previa y por escrito su voluntad de interrumpir el embarazo. Cuando ello no sea posible, se aplicará el artículo 15 de la ley Nº 20.584, que regula los derechos y deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su atención en salud, sin perjuicio de lo dispuesto en los incisos siguientes.


Tratándose de una menor de 14 años, además de su voluntad, la interrupción del embarazo deberá contar con la autorización de su representante legal o de uno de ellos, a elección de la menor, si tuviere más de uno. A falta de autorización, la menor, asistida de un integrante del equipo de salud, podrá solicitar la intervención del Tribunal de Familia competente para que constate la concurrencia de la causal. El Tribunal autorizará la interrupción del embarazo, sin forma de juicio y verbalmente, a más tardar dentro de las 48 horas siguientes a la presentación de la solicitud, con los antecedentes que le proporcione el equipo de salud, oyendo a la menor y, si lo estimare, al integrante de éste que la asista.


Cuando a juicio del médico(a) cirujano(a) existan antecedentes para afirmar que la solicitud de autorización al representante legal generará para la menor de 14 años un riesgo de violencia intrafamiliar, coacción, amenaza o maltrato, o una posible situación de desarraigo o de abandono, se prescindirá de ésta y se solicitará una autorización sustitutiva al Tribunal de Familia competente, el que deberá pronunciarse conforme al procedimiento establecido en el inciso anterior.


La mayor de 14 y menor de 18 años podrá manifestar por sí su voluntad para la interrupción de su embarazo. Su representante legal o uno de ellos a su elección, si tuviere más de uno, deberá ser informado de su decisión. A falta de éste, o si existen antecedentes para afirmar que la información al representante legal generará para la menor alguno de los riesgos señalados en el inciso anterior, la menor deberá designar otro adulto que será informado.


El prestador de salud deberá entregarle a la mujer información veraz sobre las características de la prestación médica según lo establecido en los artículos 8º y 10 de la ley N° 20.584. En cualquier caso, el prestador de salud deberá entregar a la mujer información por escrito sobre las alternativas a la interrupción del embarazo, incluyendo la de programas de apoyo social y económico disponible.


En ningún caso esta información estará destinada a influir en la voluntad de la mujer".


Cartas secretas, pedofilia y operaciones políticas de la iglesia

Por otro lado, el Obispo ancuditano aún no se refiere al destape de cartas que vinculan al Cardenal Errázuriz realizando recomendaciones a Karadima, sacerdote culpable de pedofilia y efebofilia según el Vaticano, y al vicario Diego Ossa, acusado de abuso sexual (ver nota relacionada). Tampoco ha realizado declaraciones en torno a los correos electrónicos secretos entre Ezzati y Errázuriz que destaparon algunas operaciones políticas de la Iglesia en contra de Felipe Berríos y una de las víctimas de Karadima.

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