Absuelven a abogado en querella de alcaldesa de Ancud por injurias graves
El embrollo estuvo vinculado a un complejo turístico de Caburgua que administra el ex alcalde Pablo Ossio y donde ambos participan, junto a otros funcionarios municipales.
El pasado 19 de agosto se acaba de certificar que la resolución dictada con fecha 29 de julio de 2015 se encuentra firme y ejecutoriada, vale decir, que el proceso judicial entre la alcaldesa y el ex funcionario municipal de la Corporación de Educación está por finalizar, luego de la sentencia del 29 de abril donde la primera autoridad comunal perdió y se le conminó a pagar las costas, que ascienden a $1.500.000.-
Como es de público conocimiento, el 29 de diciembre de 2014 la alcaldesa Soledad Moreno presentó una querella por injurias graves en contra del ex abogado de la Corporación Municipal de Educación de Ancud, Eduardo Álvarez Vidal, por una serie de presuntos dichos injuriosos que el abogado había señalado en varios medios de comunicación en contra de la primera autoridad comunal relacionados a un compleho turístico ubicado en Caburgua, presuntamente luego de ser desvinculado y haber presentado una demanda de tutela ante el Juzgado Laboral.
En esa época, la Asesora Jurídica de la Municipalidad de Ancud, Leyla Aguayo, aseguraba que “los hechos que él relata no son efectivos y ha tratado de usar dolosamente los hechos que él relata para efecto de poder tener mayor ganancia en la demanda de tutela que ha presentando”. De acuerdo a la demanda, lo proferido con el ánimo de causar deshonra, desprecio y menoscrédito de la alcaldesa fueron:
“Por otro lado, es necesario tener presente que en el año 2013 la alcaldesa me invita a participar en la compra de un complejo turístico en la localidad de Caburga, comuna de Pucón. Invitando a otros dependientes de la Corporación, que también trabajarían cuatro años como mínimo, a lo que le respondo que yo ya había solicitado un crédito con anterioridad y que no quería solicitar uno nuevo, me señala que no me preocupe, que lo solicite dado que mi trabajo era por cuatro años y que durante ese tiempo lo pagaría y que era una buena oportunidad para comprar dicho recinto, por lo cual solicito un crédito de 25 millones aproximadamente a fin de ser parte en la compra de dicho inmueble en conjunto con la alcaldesa y otros dependientes de la corporación como lo es el jefe de personal y director de educación. Solicité un crédito Banco Estado, Ambos créditos fueron solicitados a cuatro años como créditos de consumo".
La corte señaló que no se probó que el demandado haya realizado declaraciones públicas en medios televisivos y escritos, relatando lo ya indicado, y a través de ello lesionando la honra y dignidad de la Alcaldesa de Ancud, y de otros funcionarios de la Corporación Municipal de Ancud. Además, "no se probó en juicio que las expresiones vertidas hayan perjudicado su desempeño como autoridad comunal, cargo que ostenta actualmente. Sigue participando de la sociedad Caburga y conforme lo señalado en audiencia ha resultado ser un negocio exitoso".